Código Civil estatal

Artículo 951 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 951.- El juicio de concurso es atractivo. Después de declarado en los términos del artículo 945, el Juez reclamará, conforme a las reglas de la acumulación, todos los juicios que se sigan en otros tribunales, con excepción de los juicios hipotecarios que se tramitarán con el Síndico hasta su terminación y la ejecución de la sentencia del remate, y de cualesquiera otros juicios en que se hubiere dictado ya la sentencia de primera instancia, los que continuarán tramitándose con el Síndico para el efecto de que no se discutan en el concurso; pero en este último caso, el pago se hará conforme a la sentencia de graduación, ingresando al concurso los bienes embargados.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 951 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 951 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán?

El juicio de concurso es atractivo. Después de declarado en los términos del artículo 945, el Juez reclamará, conforme a las reglas de la acumulación, todos los juicios que se sigan en otros tribunales, con excepción de…

¿Está vigente el artículo 951?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.