Artículo 23 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los Jueces Menores son competentes para conocer exclusivamente de negocios, contenciosos cuya cuantía no sea mayor de la cantidad que resulte de multiplicar por dos mil el salario mínimo diario vigente en el Estado de Guanajuato.
(Artículo Reformado. P.O. 1 de abril de 1997)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.