Artículo 306 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las Salas del Supremo Tribunal pueden, en todo caso, encomendar la práctica de diligencias a cualquier juzgado del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.