Artículo 576 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Al promoverse la apertura de una sucesión deba presentarse una copia certificada del acta relativa al fallecimiento del autor de la herencia, expedida por el encargado del Registro Civil, y, no siendo esto posible, otro documento o prueba bastante.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.