Artículo 64 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los secretarios cuidarán de que los expedientes sean exactamente foliados al agregarse cada una de las hojas; rubricarán o firmarán todas estas en el centro del escrito, y pondrán el sello de la Secretaría en el centro del cuaderno, de manera que abarque las dos caras.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.