Artículo 695 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Hechas las publicaciones que ordena el Código Civil, podrán los interesados ocurrir al tribunal competente para que pida a la Secretaría de Relaciones Exteriores la remisión del testamento, o directamente a ésta para que lo envíe.
TÍTULO TERCERO Capítulo Único Divorcio por Mutuo Consentimiento
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.