Artículo 741 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los gastos generales del apeo se harán por el que lo promueva. Los que importen la intervención de lo peritos que designen y de los testigos que presenten los colindantes, serán pagados por el que nombre a los unos o presente a los otros.
Capítulo Séptimo Disposiciones Relativas a otros Actos de Jurisdicción Voluntaria
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.