Artículo 97 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Salvo disposición contraria de la ley, lo dispuesto en este Título es aplicable a toda clase de negocios.
Capítulo Segundo Confesión
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.