Código Civil estatal

Artículo 1046 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1046. Presentado el inventario y avalúo, se correrá traslado de él por cinco días a cada uno de los interesados que no lo suscriban, y transcurrido este término, aun cuando no se hayan evacuado los traslados, el Juez citará de oficio para sentencia, la que pronunciará aprobando o reprobando el inventario, condenando en el primer caso a las partes, a estar y pasar por él; con la reserva de que si aparecieren nuevos bienes, se agregarán en el lugar respectivo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1046 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Presentado el inventario y avalúo, se correrá traslado de él por cinco días a cada uno de los interesados que no lo suscriban, y transcurrido este término, aun cuando no se hayan evacuado los traslados, el Juez citará…

¿Está vigente el artículo 1046?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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