Artículo 87 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 87. Los secretarios del Supremo Tribunal y de los juzgados, fijarán diariamente concluido el acuerdo, en la puerta del despacho de la secretaría de la sala o del juzgado, una lista que consigne los negocios de que se trate, los nombres de los interesados en ellos y una síntesis de las resoluciones dictadas.
Esas listas serán firmadas por los secretarios y coleccionadas, se conservarán por los mismos bajo su responsabilidad, para comprobar que la notificación quedó hecha por medio de lista.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.