Artículo 887 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 887. Se considera dividida la continencia de la causa:
I. Cuando exista entre los dos pleitos, identidad de personas, cosas o acciones;
II. Cuando exista identidad de personas y cosas, aun cuando la acción sea diversa;
Página 119 de 161 III. Cuando exista identidad de personas y acciones aun cuando las cosas sean distintas;
IV. Cuando las acciones provengan de una misma causa, aunque se den contra muchos y exista, por consiguiente, diversidad de personas;
V. Cuando exista identidad de acciones y de cosas, aunque las personas sean diversas; y, VI. Cuando las acciones provengan de una misma causa, aunque sean diversas las cosas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.