Artículo 121 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los magistrados y los jueces desecharán de plano los recursos notoriamente frívolos e improcedentes. Recurso frívolo es el deducido contra decisión que se pronuncia según pedimento del recurrente. Recurso improcedente es el que no admite la ley.
Reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado El 29 de Mayo de 2009
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.