Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 76 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El decreto en que se mande hacer una notificación, citación o entrega de expedientes, expresará la materia u objeto de la diligencia y los nombres de las personas con quienes deba practicarse.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 76 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán de Ocampo?

El decreto en que se mande hacer una notificación, citación o entrega de expedientes, expresará la materia u objeto de la diligencia y los nombres de las personas con quienes deba practicarse.

¿Está vigente el artículo 76?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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