Artículo 149 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los efectos del emplazamiento son:
I.- Prevenir el juicio en favor del Juez que lo hace;
II.- Obligar al demandado a contestar al Juez que ordenó el emplazamiento, quedando a salvo su derecho para gestionar la competencia en los términos de este código; y III.- Producir todas las consecuencias de la interpelación judicial, si por otros medios no se hubiera constituido en mora el demandado.
SECCION SEGUNDA CONTESTACION
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.