Artículo 946 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Antes de pronunciar el fallo el alcalde exhortará de nuevo a las partes a una composición amigable, y si logra la avenencia dará por terminado el juicio observando en lo conducente lo que dispone el artículo 942.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.