Artículo 947 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si a la hora señalada para la celebración de la audiencia a que se refieren los artículos 937 y 941 no estuviere presente el actor, y sí el demandado, se impondrá a aquél una multa de uno a diez pesos, que se aplicará al reo por vía de indemnización y sin que se justifique haberse hecho el pago no se citará de nuevo para el juicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.