Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 353 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Plazo para la interposición El plazo para interponer el recurso de apelación, será:

I.- De diez días, si se trata de sentencia;

(F. DE E., P.O. 22 DE NOVIEMBRE DE 1997)

II.- De treinta días a partir de la fecha en que se haga la publicación, en los casos a que se refiere el artículo 229, fracción IV, de este Código, o en cualquier otro caso en que la sentencia se notifique en igual forma; y III.- De cinco días para apelar contra autos e interlocutorias.

(F. DE E., P.O. 22 DE NOVIEMBRE DE 1997)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 353 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 353 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tabasco?

Plazo para la interposición El plazo para interponer el recurso de apelación, será: I.- De diez días, si se trata de sentencia; (F. DE E., P.O. 22 DE NOVIEMBRE DE 1997) II.- De treinta días a partir de la fecha en que…

¿Está vigente el artículo 353?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.