Artículo 694 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 694 Ante el tribunal competente se procederá, con respecto al testamento público cerrado, al privado o al autógrafo, como está dispuesto para esas clases de testamentos otorgados en el país.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.