Artículo 596 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La junta se verificará dentro de los seis días siguientes a la notificación, si la mayoría de los herederos reside en el lugar del juicio.
Si la mayoría residiere fuera del lugar del juicio, el juez señalará el plazo que crea prudente, atendidas las distancias. La notificación se hará por correo certificado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.