Artículo 753 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando no se conociere el lugar en donde el demandado viva o tenga el principal asiento de sus negocios o cuando viviendo o trabajando en un lugar se negare él o las personas requeridas a recibir el emplazamiento, se podrá hacer la notificación en el lugar donde se encuentre.
Para estos emplazamientos, el actor tiene el derecho de acompañar al comisario o al gendarme, con el fin de hacerles las indicaciones que faciliten la busca.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.