Artículo 45 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La oposición de excepciones requiere tener interés en ellas y el demandado no está obligado a expresar el nombre de las que oponga.
LIBRO PRIMERO DISPOSICIONES COMUNES A LA JURISDICCION CONTENCIOSA, A LA VOLUNTARIA Y A LA MIXTA TITULO PRIMERO REGLAS GENERALES CAPITULO I Personalidad de los litigantes
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.