Artículo 1515 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1515.- Si sobre el nombramiento de un tutor se suscitare controversia, se substanciará en juicio ordinario, y en él representará al menor un tutor interino que se nombrará para este solo efecto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.