Artículo 693 de Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles — Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 693.- Si en la segunda almoneda no hubiere postor se citarán con el mismo medio de publicidad, para la tercera y para las demás que fueren necesarias, hasta realizar el remate; y en cada una de las almonedas se deducirá un diez por ciento del precio que en la anterior haya servido de base.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.