Artículo 356 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios)
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 356. En el mismo auto que dé entrada a la demanda, el juez proveerá la designación de la trabajadora social del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, para que lleve a cabo un estudio socioeconómico de las partes acreedora y deudora de los alimentos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.