Código de Proc. Familiares estatal

Artículo 167 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila

Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La solicitud de separación podrá hacerse verbalmente o por escrito y en esta se expresarán las causas en que se funde, el domicilio en que se instalará quien pide la separación, en su caso, acreditando la filiación de hijos o hijas menores de edad, para lo cual se exhibirán las copias certificadas de las actas respectivas, salvo en casos de urgencia, en los cuales el juez podrá hacer uso de los medios idóneos a su alcance para comprobar el parentesco.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 167 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila?

La solicitud de separación podrá hacerse verbalmente o por escrito y en esta se expresarán las causas en que se funde, el domicilio en que se instalará quien pide la separación, en su caso, acreditando la filiación de…

¿Está vigente el artículo 167?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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