Artículo 285 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son documentos los elementos que por su naturaleza objetiva consignan en sí mismos la memoria de un hecho, acto o acontecimiento mediante el empleo de un lenguaje escrito o de una imagen impresa.
Por su origen, los documentos son públicos o privados.
Los documentos públicos son aquellos autorizados o expedidos por funcionarios o depositarios de la fe pública dentro de los límites de su competencia, con las solemnidades y formalidades prescritas por la ley.
Por exclusión, son documentos privados los que otorgan los particulares sin la intervención de funcionarios o depositarios de la fe pública y, en general, todos aquellos que no están comprendidos en el siguiente artículo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.