Artículo 310 de Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Familiares del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si se trata de fijar valores y la diferencia entre los avalúos de los peritos no excediere de un diez por ciento del mayor precio fijado, se omitirá el nombramiento de perito tercero en discordia, procediendo el juez con arreglo a lo dispuesto en el artículo 341 de este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.