Artículo 31 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 31. Competencia por territorio Es juzgado competente por razón de territorio:
I. El del domicilio del que promueve, en asuntos no contenciosos.
II. El de la residencia de los niños, las niñas o personas mayores de edad que requieren de asistencia o representación para el ejercicio de su capacidad jurídica, cuando se trate de asuntos relativos a la patria potestad o a la designación de tutor o tutriz y, en los demás casos, el del domicilio del tutor o tutriz nombrado.
III. En los procedimientos para alimentos, el del domicilio del acreedor alimentario.
IV. En los procedimientos sobre impedimentos para contraer matrimonio, el del lugar en donde se hayan presentado los pretendientes.
V. Para los asuntos de divorcio, nulidad de matrimonio y cualesquiera otros que se susciten con motivo de éstos, el del último domicilio conyugal, y a falta de éste, el del domicilio del cónyuge que promueve.
VI. En los procedimientos tratándose de niños o niñas acogidos en una institución de asistencia social sea pública o privada, los del Estado donde se haya establecido el domicilio de los mismos.
VII. En tratándose de derechos de la personalidad que afecten al seno familiar, el del domicilio del actor.
VIII. En los procedimientos de adopción, el del domicilio de la persona por adoptar.
IX. En los procedimientos que versen sobre paternidad y maternidad, el del domicilio del hijo o de la hija.
(REFORMADA, P.O. 13 DE DICIEMBRE DE 2016)
X. En las controversias sobre anulación o rectificación de actas del estado civil, el juzgado del domicilio de la parte interesada.
(ADICIONADA, P.O. 18 DE OCTUBRE DE 2019)
XI. En los procedimientos de declaración especial de ausencia se determinará de acuerdo a los criterios que establece la Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.