Artículo 237 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 237.- La litis se integra con los puntos controvertidos que se den en la demanda, la reconvención y la contestación a ambas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.