Artículo 312 de Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 312.- La ampliación del embargo se seguirá por cuerda separada sin suspensión de la sección de ejecución a la que se unirá después de realizada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.