Código de Proc. Penales estatal

Artículo 2 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche

Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Al Ministerio Público corresponde el ejercicio exclusivo de la acción penal, la cual tiene por objeto:

I.- Pedir la aplicación de las sanciones establecidas en las leyes penales;

II.- Pedir la libertad de los procesados, en la forma y términos que previene la ley;

III.- Pedir la reparación del daño en los términos especificados en el Código Penal.

TITULO PRIMERO Reglas Generales CAPITULO I Acción Penal

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche?

Al Ministerio Público corresponde el ejercicio exclusivo de la acción penal, la cual tiene por objeto: I.- Pedir la aplicación de las sanciones establecidas en las leyes penales; II.- Pedir la libertad de los…

¿Está vigente el artículo 2?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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