Artículo 2 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Al Ministerio Público corresponde el ejercicio exclusivo de la acción penal, la cual tiene por objeto:
I.- Pedir la aplicación de las sanciones establecidas en las leyes penales;
II.- Pedir la libertad de los procesados, en la forma y términos que previene la ley;
III.- Pedir la reparación del daño en los términos especificados en el Código Penal.
TITULO PRIMERO Reglas Generales CAPITULO I Acción Penal
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.