Artículo 499 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Penales del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 499.- Si la garantía consistiera en hipoteca, o en fianza personal, se presentará certificado de libertad de gravamen en los bienes que se afectarán, expedido por el encargado del Registro Público de la Propiedad, que comprenda un término de diez años; y constancia de estar al corriente en el pago de las contribuciones, para que el juez califique la solvencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.