Artículo 521 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Procedimiento Para el trámite del recurso de revisión regirán las reglas establecidas para el de apelación, en cuanto sean aplicables.
El Tribunal Constitucional para resolver podrá disponer todas las indagaciones y diligencias preparatorias que consideren útiles y delegar su ejecución en alguno de sus miembros.
También se podrá desahogar, de oficio, medios de prueba en la audiencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.