Código de Proc. Penales estatal

Artículo 528 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX

Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Competencia Tratándose de la ejecución de la sentencia, el juez competente lo será el que se encuentre en el lugar donde está recluido el sentenciado o el del lugar de residencia del mismo, para garantizar el derecho del condenado a estar presente en la audiencia oral de incidente jurisdiccional.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 528 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX?

Competencia Tratándose de la ejecución de la sentencia, el juez competente lo será el que se encuentre en el lugar donde está recluido el sentenciado o el del lugar de residencia del mismo, para garantizar el derecho…

¿Está vigente el artículo 528?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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