Artículo 539 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Rechazo del incidente Los incidentes podrán ser desechados de plano por el Juez, cuando advierta una causal que lo haga notoria y evidentemente improcedente, debiendo fundar y motivar la razón que lo lleva a descartarlo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.