Artículo 550 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chiapas — CDMX · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Alegatos de clausura y cierre de debate Desahogadas las pruebas, haciendo uso del derecho de réplica y dúplica de las partes, el Juez de Ejecución dará nuevamente el uso de la palabra a los intervinientes, en el mismo orden en que se hizo la exposición sintetizada, para que presenten sus alegatos finales. A continuación, declarará cerrado el debate.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.