Artículo 416 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua
Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 416. Emplazamiento y elevación.
Presentado el recurso, el Juez emplazará a las partes para que comparezcan ante el Tribunal de alzada y remitirá a éste la resolución con copia certificada del registro de la audiencia correspondiente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.