Código Penal estatal

Artículo 604 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán

Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 604.- Procedimiento para hacer efectivas las multas.- Las multas que imponga la autoridad judicial en sentencia, se harán efectivas por el Supremo Tribunal de Justicia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28 del Código Penal del Estado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 604 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán?

Procedimiento para hacer efectivas las multas.- Las multas que imponga la autoridad judicial en sentencia, se harán efectivas por el Supremo Tribunal de Justicia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28 del Código…

¿Está vigente el artículo 604?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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