Artículo 75 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 75.- Nombres del juez y del secretario.- Se escribirán los nombres y apellidos completos del juez y del secretario, en las actuaciones siguientes:
I.- Auto de inicio, auto en que se decrete o niegue orden de comparecencia para tomar declaración preparatoria al indiciado y auto en que se decrete o niegue la orden de aprehensión;
II.- Auto en que se conceda o niegue la libertad provisional bajo caución o bajo protesta;
III.- Auto de formal prisión, de sujeción a proceso y de libertad por falta de pruebas para procesar;
IV.- Diligencias de inspección judicial, reconstrucción de hechos y recepción de pruebas;
V.- Auto que declare concluido el período de prueba, auto en que se ordene la libertad por desvanecimiento de datos y auto de sobreseimiento;
VI.- Audiencia Final; y, VII.- Sentencia.
En los casos de las fracciones IV y VI se escribirán también los nombres y apellidos completos de las personas que intervengan.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.