Código de Proc. Penales estatal

Artículo 284 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán

Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Pluralidad de confrontaciones.- Cuando la diversidad de confrontados y confrontantes den lugar a varias confrontaciones, las diligencias se celebrarán en actos separados.

El tribunal tomará las providencias necesarias para que los confrontantes no estén presentes en las diligencias que no sean a su cargo, y para que no se comuniquen entre sí en el transcurso de una y otra diligencia.

SECCION QUINTA CAREOS

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 284 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán?

Pluralidad de confrontaciones.- Cuando la diversidad de confrontados y confrontantes den lugar a varias confrontaciones, las diligencias se celebrarán en actos separados. El tribunal tomará las providencias necesarias…

¿Está vigente el artículo 284?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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