Artículo 386 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Audiencia final.- El día fijado para la audiencia, presentes el presidente de debates, su secretario, el representante del Ministerio Público, el acusado y su defensor, se dará cuenta con los informes a que se refiere el artículo 383 y se pasará lista a los jurados designados por sorteo.
Si concurrieren todos, se procederá a la insaculación y sorteo de los jurados que deban conocer de la causa. En caso de que alguno de los jurados no se presente, se le hará comparecer por medio de la policía.
Si transcurriere una hora sin que comparezcan las personas mencionadas, no se efectuará la audiencia y se señalará nuevo día y hora para el sorteo de los jurados y celebración de aquélla.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.