Artículo 403 de Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Defensa personal del acusado.- Cuando las partes y la defensa terminen de hablar, el presidente de debates preguntará al acusado si quiere hacer uso de la palabra para defenderse, y si manifiesta su voluntad de hacerlo, se le concederá. El acusado podrá hablar con libertad, sin más prohibición que la de atacar la ley, la moral o las autoridades, o injuriar a cualquier persona.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.