Código Penal estatal

Artículo 383 de Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal

Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 383.- La lectura de la sentencia en la audiencia surte los efectos de notificación en forma, en cuanto a las partes que hubieren asistido a aquélla, aun cuando no estuvieren presentes en el momento de la lectura, siempre que la ausencia fuere voluntaria.

A las que no hubieren asistido a la audiencia, se les notificará el fallo dentro de veinticuatro horas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 383 de Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal?

La lectura de la sentencia en la audiencia surte los efectos de notificación en forma, en cuanto a las partes que hubieren asistido a aquélla, aun cuando no estuvieren presentes en el momento de la lectura, siempre que…

¿Está vigente el artículo 383?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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