Artículo 469 de Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal — Colima
Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Tribunal deberá dictar la sentencia dentro de cinco días.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.