Artículo 185 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Sentencia irrevocable. Son irrevocables y por tanto causan ejecutoria:
I. Las sentencias de primera instancia cuando sean expresamente consentidas por los sujetos procesales interesados; cuando dentro del plazo que la ley señala no se interponga el recurso de apelación; cuando se declare desierto el recurso de apelación o cuando exista desistimiento del recurso interpuesto; y II. Las sentencias definitivas de segunda instancia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.