Código de Proc. Penales estatal

Artículo 74 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Formas de promoción de competencia. Cualquiera de los sujetos procesales reconocidos en un procedimiento y con interés legal suficiente, podrán promover una cuestión de competencia, bien por inhibitoria, ante aquel tribunal al cual consideran competente, o por declinatoria, ante aquel tribunal que tramita el procedimiento y al cual consideran incompetente. Quien utilice alguno de estos medios no podrá abandonarlo para recurrir al otro, ni emplearlos simultánea y sucesivamente.

Al promover la cuestión, quien la proponga, deberá expresar, como requisito para que se admita la Instancia, que no ha utilizado el otro medio; si resultare lo contrario, aunque la cuestión se resuelva según su pedido o fuere abandonada, se le aplicará una multa de diez a cincuenta días de salario mínimo general vigente en el Estado. La cuestión de competencia o la fundada en la conexión de causas, sólo podrán ser propuestas hasta antes de comenzada la audiencia final de juicio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 74 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 74 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes?

Formas de promoción de competencia. Cualquiera de los sujetos procesales reconocidos en un procedimiento y con interés legal suficiente, podrán promover una cuestión de competencia, bien por inhibitoria, ante aquel…

¿Está vigente el artículo 74?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.