Artículo 322 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 322.- Trastorno mental transitorio. Si la inimputabilidad proviene de trastorno mental transitorio, no habrá lugar a imposición de medida de seguridad alguna, a no ser que el inculpado aún manifieste perturbaciones mentales, sin perjuicio de establecer la obligación de reparar los daños y perjuicios ocasionados.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.