Código de Proc. Penales estatal

Artículo 114 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Aprehensión en servicios públicos.- Cuando deba aprehenderse a un empleado público o a un particular que en ese momento esté prestando un servicio público, se tomarán las providencias necesarias para que no se interrumpa el servicio y para que aquél no se sustraiga de la acción de la acción de la justicia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 114 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California?

Aprehensión en servicios públicos.- Cuando deba aprehenderse a un empleado público o a un particular que en ese momento esté prestando un servicio público, se tomarán las providencias necesarias para que no se…

¿Está vigente el artículo 114?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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