Artículo 331 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Sentencia y caso de excepción.- Declarado visto el proceso, quedará cerrado el debate y el Tribunal pronunciará su fallo, dentro de quince días a más tardar, excepto en el caso del artículo siguiente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.