Artículo 52 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Conexidad con proceso diverso.- Cuando en la instrucción de un proceso se encontrare que el hecho tiene ramificaciones o que se instruyen otros con los que aquél tiene conexión, se dará conocimiento de ello al Ministerio Público para que promueva lo que corresponda.
CAPITULO II PLAZOS Y TERMINOS (REFORMADO, P.O. 2 DE SEPTIEMBRE DE 1994)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.